1. En el Observatorio de Centro en Convivencia e Igualdad están representados todos los sectores de la comunidad educativa, con el fin de canalizar las inquietudes de los mismos y propiciar acciones de promoción de la igualdad y prevención, análisis y resolución de conflictos.

2. El Observatorio estará formado por: 

a) El Director o Directora del centro y/o jefe/a de estudios, uno de los cuales ejercerá la presidencia. 

b) El Coordinador o Coordinadora de Convivencia e Igualdad. 

c) Dos profesores del Equipo de Convivencia e Igualdad.

d) El especialista en orientación educativa de la Red Integrada de Orientación. 

e) Dos padres o madres en representación de las familias.

f) Un/a representante del personal de administración y servicios. 

g) Dos representantes del alumnado, preferiblemente elegidos entre los que participan en programas de ayuda entre iguales y/o promoción de la igualdad. 

h) Un representante de la gestión de actividades extraescolares del centro educativo. 

3. Las funciones del observatorio serán las siguientes:

a) Asesorar acerca de la normativa vigente en temas de convivencia e igualdad. 

b) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa que promueven una convivencia positiva en el centro. 

c) Diseñar actuaciones dirigidas a toda la comunidad educativa, sobre la igualdad entre hombres y mujeres, la perspectiva de género, diversidad cultural y diversidad afectivo sexual.

d) Colaborar en el desarrollo de las líneas de trabajo y las actuaciones que desarrollan culturas y prácticas inclusivas.

e) Colaborar en la detección de situaciones de conflicto y acoso escolar que pueden darse en el centro de acuerdo con el protocolo contra el acoso escolar. 

f) Establecer actuaciones educativas de intervención sociocomunitaria alternativas a la expulsión sancionadora. 

g) Establecer estructuras de apoyo y acompañamiento al alumnado que presenta una especial conflictividad.

h) Informar al Consejo Escolar y a la Comisión de Convivencia de las actuaciones llevadas a cabo así como de los problemas detectados en la promoción de la igualdad y gestión de la convivencia del centro. 

4. Para el desempeño de sus funciones, el Observatorio se reunirá al menos una vez al trimestre